viernes, 11 de abril de 2014

Tribunales / Despido Nulo Prosegur Sevilla

Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 11 de Sevilla, de 14 de Marzo de 2014,   en reclamación por Despido frente a Prosegur.

El trabajador presentó demanda por vulneración de derechos fundamentales, en su vertiente de garantía de indemnidad, contra el despido efectuado por Prosegur.

Las razones alegadas por Prosegur como causa del despido disciplinario se fundamentaban en que el demandante había sido el causante de altercados con compañeros y clientes.

Los supuestos altercados se habían producido con el trabajador Horacio, que según la información facilitada por la Sección Sindical de CCOO en Prosegur Sevilla, ostenta el cargo de Secretario General de UGT en Prosegur Sevilla, y que compareció en calidad de testigo al juicio.

La magistrada considera probado que la empresa no ha acreditado suficientemente que la causa del despido sea absolutamente ajena a todo propósito atentatorio de derechos fundamentales, puesto que las causas del cese son genéricas y no están acreditadas, valorando igualmente de la testifical del trabajador Honorio, que los hechos estaban prescritos y no son de entidad suficiente para justificar el despido.

Además valora como indicios suficientes para invertir la carga de la prueba, que el despido se produjo tras una demanda interpuesta por el trabajador por vacaciones que fué controvertida en su ejecución y también concurre que había disfrutado del permiso por paternidad.

En consecuencia, la magistrada aprecia una vulneración del derecho fundamental a la indemnidad y declara nulo el despido del trabajador, condenando a la empresa a la readmisión inmediata y al abono de los salarios dejados de precibir por el trabajador desde la fecha del despido.